Medidas aduaneras que llegaron para quedarse

El 17 de marzo, a través del decreto 417, fue decretado el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional, declarado por segunda vez el seis de mayo con el decreto. Los cuatro artículos que componen cada norma confirieron al Gobierno Nacional las facultades para adoptar las medidas necesarias a efectos de conjurar la crisis e impedir la extensión de los efectos del Covid-19.

Desde entonces y hasta la fecha, fueron expedidos casi un centenar de decretos legislativos que tienen como propósito proteger la economía y establecer mecanismos de alivio a las empresas.

De otro lado, la coyuntura obligó a acelerar los procesos de digitalización, entre otros tantos, en las entidades privadas y públicas para hacer frente a la nueva realidad que impone el aislamiento y el distanciamiento social. Los asuntos aduaneros no fueron ajenos a las múltiples normas que fueron emitidas a fin de asegurar que las operaciones de comercio exterior no se detengan. Desgravación arancelaria y exención del IVA, suspensión de términos y ampliación temporal de habilitaciones son algunos ejemplos de las disposiciones impartidas para agilizar los trámites y facilitar el intercambio comercial. Sin embargo, estos están condicionados a una temporalidad definida o en varias ocasiones mientras se mantenga la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud, por ahora, hasta el 31 de agosto.

Consideramos que varias de las medidas especiales deberían de permanecer incluso después de superada la pandemia pues reportan grandes beneficios a los empresarios, como pueden ser, entre otras, las siguientes:

Procedimientos abreviados: la devolución de impuestos en muchos casos puede tomar hasta seis meses o más de un año, en el peor de los casos, con un fuerte impacto en el flujo de caja de las compañías. No se trata entonces de un tema nuevo y que recientemente fue desarrollado en la ley de financiamiento, hoy ley de crecimiento económico. Con la expedición del decreto 535 se establece un mecanismo de devolución automática, dentro de los siguientes 15 días hábiles contados a partir de la solicitud, siempre y cuando el contribuyente no sea calificado de alto riesgo.

Digitalización de documentos: el memorando 54 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – Dian, establece las acciones preventivas del coronavirus, los lineamientos en lugar de arribo y las operaciones aduaneras. Destaca entre las 14.

La presentación de los documentos virtuales cuando no sea posible exhibirlos físicamente, extendiéndose el trámite cuando se trate de radicación de garantías específicas precedida de una global. Otro caso en este acápite es la guía de tránsito para el transporte de café que puede ser expedida de forma virtual. Este último logro gracias a Asoexport en compañía de Analdex, que como en el numeral anterior, fueron reiteradas las gestiones gremiales adelantadas para la materialización de los mecanismos.

Tratamientos especiales: la expedición del decreto 436 generó un alivio para aquellos usuarios aduaneros permanentes y altamente exportadores que no han migrado al Operador Económico Autorizado – OEA. La disposición amplió su vigencia lo que permitirá continuar gozando del pago consolidado, el levante automático, entre otros beneficios. No obstante, teniendo en cuenta la suspensión de términos y que no es posible realizar la verificación de cumplimiento de requisitos dentro del proceso OEA, es necesario pensar en prorrogar las figuras más allá del término de la emergencia sanitaria para que los empresarios no se vean afectados con la pérdida de los tratamientos especiales.

Estos son algunos de los lineamientos llamados a permanecer en la legislación aduanera. Con motivo del Covid-19 recibieron el empujón necesario para implementarse de manera efectiva y que ahora será trabajo del gremio y del sector privado procurar por su preservación y proponer nuevos mecanismos que permitan la facilitación de las operaciones en búsqueda de la reactivación del comercio exterior.

Por: Juan Diego Cano García, director de Asuntos Legales Analdex