Una nueva, reestructurada y moderna DIAN

Docente departamento fiscal

Universidad Externado de Colombia

Recientemente fueron reglamentados algunos cambios a la estructura de la DIAN, en el marco del “Programa de Apoyo a la Modernización” de la Entidad, iniciado por el Gobierno Nacional en el año 2018.

En el 2020, el Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) José Andrés Romero Tarazona, anunció importantes cambios, que se realizarían no solo a la imagen de la DIAN, sino también a su estructura organizacional, a sus modelos de gobernanza institucional y de gestión del talento humano, así como a los procesos de gestión tributaria, con miras a la modernización de la Entidad1

Como antecedentes a los cambios que se han venido dando desde entonces, se tiene que la Ley 1819 de 2016 había facultado a la DIAN para adelantar un proceso de modernización; y, que el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, contenido en la Ley 1955 de 2019, incluyó dentro de sus objetivos, el “fortalecimiento de la capacidad técnica e institucional de la DIAN2

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En ese contexto se estructuró el “Programa de Apoyo a la Modernización de la DIAN”, con el propósito de mejorar la eficacia y la eficiencia de la gestión tributaria y aduanera de la Entidad y así incrementar el recaudo del Gobierno Nacional.

Son significativos los cambios que se pretenden adelantar con este “rediseño” de la DIAN y que irán hasta el año 2022, según anunció en su momento el Gobierno Nacional.

A finales del año pasado, fueron entonces introducidas las anunciadas “modificaciones a la estructura de la DIAN”, mediante la expedición por el Gobierno Nacional de los Decretos


1La DIAN es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, constituida como una Unidad Administrativa Especial, por el Decreto 2117 de 1992, que fusionó a la antigua Dirección de Impuestos Nacionales (DIN), con la Dirección de Aduanas Nacionales (DAN). La DIAN, fue inicialmente reestructurada por el Decreto 1071 de 1999. Posteriormente sufrió modificaciones, introducidas por los Decretos 4048 de 2008, 2360 de 2009, 1321 de 2001, 1292 de 2015, 1346 de 2016, 2183 de 2017 y 760 de 2010.

2 Con la Ley 633 de 2000, el servicio que presta la DIAN se consideró un “servicio público esencial”, cuyo es objetivo es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.


1742, 1743 y 1744 de 2020; que han sido reglamentados, a través de diferentes Resoluciones del actual Director de la DIAN, Lisandro Manuel Junco Rivera y, que han venido siendo expedidas a lo largo del presente año 2021.

En tal sentido, el Gobierno Nacional en los “considerandos” del Decreto 1742 de 2021, que incorporó las modificaciones realizadas en años anteriores a la estructura de la DIAN (Decretos 4048 de 2008, 2360 de 2009, 1321 de 2001, 1292 de 2015, 1346 de 2016, 2183 de 2017 y 760 de 2010) e introdujo algunos cambios a las mismas, manifestó que:

“(…) Se hace necesario modificar la estructura organizacional de la Dian, transformándola en un modelo gerencial sólido, con el fin de optimizar el modelo de gobernanza institucional para el fortalecimiento de la planificación estratégica y la gestión territorial de la Entidad facilitando una interacción eficiente entre el nivel central y el nivel local.”

Se tienen como objetivos de la reestructuración, conforme a Decreto 1742 de 2021, la potencialización del modelo de gestión del talento humano, de los procesos de gestión tributaria y aduanera, para el aumento de su eficiencia en términos no solo del recaudo sino también del riesgo, la mejora de la gestión tecnológica, los datos y la seguridad de la información para la toma de decisiones.

Dentro de los cambios novedosos introducidos por el Decreto 1742 de 2021 a la estructura anterior de la DIAN, se encuentra que fueron ampliadas a 9 las Direcciones de Gestión. Se mantuvieron las Direcciones de Gestión de Aduanas, de Ingresos (ahora Impuestos), Fiscalización, Jurídica y de Policía Fiscal y Aduanera (POLFA). Se suprimió la de Recursos y Administración Económica y se crearon las Direcciones de Gestión de Innovación y Tecnología y, la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica. Se crea así mismo, con el Decreto 1742 de 2021, la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio.

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Dentro de la Dirección de Gestión de Aduanas, se crearon las nuevas Subdirecciones de Servicios y Facilitación al Comercio Exterior, Laboratorio Aduanero y la del Operador Económico Autorizado (OEA), que antes era una Coordinación. La Subdirección de Gestión de Comercio Exterior, se denomina ahora de Operación Aduanera, la de Gestión de Registro Aduanero, se denomina Registro y Control Aduanero y la de Gestión Técnica Aduanera, se denomina Técnica Aduanera.

La nueva Dirección Estratégica y de Analítica, cuenta con las Subdirecciones de Información y Analítica, de Análisis de Riesgo y Programas, de Estudios Económicos, de Planeación y Cumplimiento, de Procesos y del Centro de Trazabilidad Aduanera. Y, tiene, entre otras funciones, dirigir la definición y administración del “modelo de gobernanza de los datos de la Entidad” y “el análisis masivo de datos”, dirigir la selección de insumo para la gestión y control del riesgo tributario, aduanero y cambiario, la selectividad aduanera para el control y la elaboración de programas, definir los lineamientos para la administración del sistema de gestión de riesgos tributarios, aduaneros y cambiarios y definir los lineamientos para la administración del Centro de Trazabilidad Aduanera.

La Subdirección Centro de Trazabilidad Aduanera tiene, por su parte, entre otras funciones, la de administrar los procedimientos relacionados con seguimiento, control y monitoreo de carga bajo control aduanero y ejercer el control y monitoreo de los viajes de carga reportados por parte de los operadores de los dispositivos de seguridad en el sistema de la DIAN.

Este Decreto 1742 de 2021, que modificó la estructura de la DIAN, fue reglamentado este año por las siguientes Resoluciones:

  • Resolución 064 de 2021, a través de la cual se determina la competencia funcional y territorial en materia aduanera, tributaria y cambiaria de las Direcciones Seccionales de la DIAN.
  • Resolución 065 de 2021, por la cual se adopta la codificación de las dependencias del Nivel Central, Local y Delegado de la DIAN.
  • Resolución 066 de 2021, por medio de las cuales se autoriza el funcionamiento de unas Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas (de Villavicencio – Inírida, Mitú, Puerto Carreño y San José de Guaviare; y, de Cúcuta – Pamplona).
  • Resolución 067de 2021, a través de la cual se reclasifica el tipo al que corresponden unas Direcciones Seccionales de la DIAN (ahora, Direcciones Seccionales de Aduanas de Bogotá y de Bogotá – Aeropuerto El Dorado y, Direcciones Locales de Impuestos y Aduanas de Tumaco y Puerto Asís).
  • Resolución 068 de 2021, mediante la cual se define la competencia territorial de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera.
  • Resolución 069 de 2021, por la cual se distribuyen las funciones entre las Divisiones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, de las Direcciones Seccionales de la DIAN; y,
  • Resolución 070 de 2021, que crea los Grupos Internos de Trabajo del Nivel Central de la DIAN.
  • Resolución 084 de 2021, que delega funciones en la División de Gestión Corporativa de la DIAN, en materia de administración de talento humano de Entidad;
  • Y, por la Resolución 083 de 2021, que delega funciones en la Subdirección de Gestión del Empleo Público de la Dirección de Gestión Corporativa, en materia de administración de personal.

El Decreto 1743 de 2020, por su parte, modificó la nomenclatura y clasificación de los empleos de la DIAN, suprimiéndose unas denominaciones y creándose otras. Así mismo fijó unas remuneraciones para empleos que no tenían grado de remuneración, estableciéndose que las mismas serán actualizadas anualmente en el mismo porcentaje que se fije, para los demás empleos de la Entidad. Este Decreto 1743 de 2020, modificó a su vez, los Decretos 4049 de 2008, 4952 de 2011 y 2185 de 2017.

Por último, el Decreto 1744 de 2020, modificó la planta de personal de la DIAN y a los Decretos 1974 de 2009, 4953 de 2001, 2393 de 2015, 2394 de 2015, 2153 de 2017 y 2184 de 2017.

Los Decretos 1743 y 1744 de 2020, fueron a su vez, reglamentados por las Resoluciones:

  • Resoluciones 020 y 053 de 2021, que modificaron a la Resolución 060 de 2021, que la cual se adoptó el “Manual Específico de Funciones para los empleos de la planta permanente de la DIAN”;
  • Y, por la Resolución 021 de 2021, que modificó a la Resolución 061 de 2020, sobre requisitos mínimos para empleos de la DIAN.

Para financiar este Programa de Modernización de la DIAN que comenzó en el año 2018, el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, contenido en Ley 1955 de 2019, creó el “Fondo DIAN para Colombia”, como un patrimonio autónomo administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que recibiría recursos del Gobierno Nacional, administrará y comercializará los bienes de la DIAN, recibirá donaciones públicas y privadas, suscribirá convenios o contratos con entidades públicas y celebrará operaciones de financiamiento externo, con garantía de la Nación o las Entidades Territoriales.

La Ley 1955 de 2019, o Plan de Desarrollo 2018- 2022, fue reglamentada por los Decretos 1068 de 2015 y 1949 de 2019, que establecieron que la DIAN sería la Entidad Ejecutora del Fondo y fue reglamenta por la Resolución 029 de 2021, por la cual se adopta el esquema general de administración, ejecución y seguimiento del Programa de Modernización de la DIAN. Así, con el concepto favorable del Consejo Nacional de Política Económica (CONPES), contenido en el documento CONPES 3993 de 2020, se dio vía libre a la contratación por el “Fondo DIAN para Colombia” de un préstamo con la banca multilateral, que tuvo el visto bueno de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público.

En desarrollo de lo anterior, la DIAN suscribió el Contrato de Préstamo BID 5148/OC-Co el 24 de diciembre de 2020, por 250 millones de dólares y una contrapartida de 100 millones adicionales para vigencias futuras, con garantía soberana de Colombia, con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con el objeto de contribuir a la financiación y ejecución del Programa de Modernización de la DIAN