Proyecto de Decreto: Régimen Tributario de las megainversiones en el impuesto sobre la renta y complementarios (Minhacienda)

Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Publico (Minhacienda)

Por medio del presente Proyecto de Decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Minhacienda) se adiciona la sección 3 dl Decreto 1625 de 2016 denominada “ Régimen Tributario de las megainversiones en el impuesto sobre la renta y complementarios”

Es necesario resaltar que por megainversión se entiende la calificación otorgada por el Ministerio de Comercio , Industria y Turismo a un proyecto de inversión que genere al menos 250 nuevos empleos directos , y que tiene por objeto el desarrollo de proyectos dentro del territorio nacional con valor igual o superior a treinta millones (30.000.000) de unidades de valor tributario-UVT, en propiedades, planta y equipo , de carácter productivo, o susceptible de serlo , para el desarrollo de actividades industriales, comerciales y/o de servicios.

El termino para realizar la megainversión será máximo de 5 años gravables que comenzarán a contarse a partir del año en que se notifique el concepto técnico que reconoce el carácter de megainversión del nuevo proyecto por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Y en todo caso, la megainversión deberá efectuarse con anterioridad al primero (1) de enero de 2024.

Lso comentarios serán recibidos hasta el 13 de julio de 2019 a los correos ggomez@analdex.org y asuntoseconomicos@analdex.org

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