Circulares Invima: simplificación de los trámites de autorización y agotamiento de etiquetas en el proceso de modificación de registro sanitario de bebidas alcohólicas- Cambios en los trámites de Modificación de Alimentos y Bebidas
Fuente: INVIMA
Simplificación de los trámites de autorización y agotamiento de etiquetas en el proceso de modificación de registro sanitario de bebidas alcohólicas
Por medio de la presente circular, la Dirección General del Invima, informa que se han identificado oportunidades de mejora orientadas a la simplificación de trámites al unificar los procedimientos administrativos de modificación de registro sanitario, aprobación de etiquetas y autorización de agotamiento de etiquetas, contemplados en los artículos 46, 51 y 68 y siguientes del Decreto 1686 de 2012, permitiendo de esta forma la realización de un único trámite más sencillo y eficiente.
Es necesario resaltar que de acuerdo a lo expresado en los artículos 47 y 48 del Decreto 1686, cualquier cambio que no afecte los fundamentos bajo los cuales se otorgó el registro sanitario autorizado (colores, diseño, información comercial) deberá ser informado al Invima mediante el trámite denominado “anexo al expediente” mas no como modificación al registro sanitario de bebidas alcohólicas, resaltando que este procedimiento no tendrá costo alguno para el usuario.
Se advierte que en caso de que no se cumpla con lo establecido en el Decreto 1686 de 2012, las autoridades sanitarias, de acuerdo con sus competencias, aplicarán las medidas de seguridad sanitaria y sanciones en el marco de lo establecido en la normatividad sanitaria vigente
Cambios en los trámites de Modificación de Alimentos y Bebidas
La dirección general del Invima, informa que se han identificado oportunidades de mejora orientadas a disminución de los tiempos para la emisión de trámites de modificaciones de registros, permisos, o notificaciones sanitarias al ajustar el procedimiento actual, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1 de la resolución 3168 de 2015.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Invima pensando en la agilidad procesal y mejora de sus tiempos, ajustó sus procedimientos de manera tal que todas las modificaciones técnicas y legales de alimentos y bebidas no alcohólicas se otorgarán de forma automática, sin olvidar que los derechos que se deriven de estas Resoluciones quedaran sujetos a la revisión posterior que debe realizar la Dirección de Alimentos y Bebidas del Invima.
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