Acuerdo comercial con Reino Unido

Teniendo en cuenta que el Reino Unido se encuentra en proceso de salida de la Unión Europea (Brexit) y si bien no se han definido los términos de salida, los países andinos (Colombia, Perú y Ecuador) han negociado durante los últimos meses un acuerdo comercial que permita mantener los beneficios de las partes en el marco del acuerdo que se tiene en la actualidad con la Unión Europea.

Esta negociación desembocó en un acuerdo, firmado en Quito el pasado 15 de mayo, y cuyo objetivo se centró en garantizar las condiciones de integración existentes en el marco actual entre los países andinos y la Unión Europea. Para el caso colombiano, este acuerdo deberá surtir el trámite correspondiente en el Congreso de la República y la Corte Constitucional. No obstante y si la salida del Reino Unido de la Unión Europea se da antes de cumplir los trámites internos del país, se espera suscribir un instrumento jurídico que evite una brecha en la aplicación de preferencias entre las partes.

Dentro de los ajustes acordados, además de los institucionales, se acordaron los siguientes:

Acceso a Mercados

Las preferencias arancelarias actuales para productos tanto agrícolas como industriales se continuarán aplicando, tal como se acordó bajo el Acuerdo con la Unión Europea.

Para el banano, principal producto de exportación al Reino Unido, se continuará aplicando el acuerdo alcanzado con la Unión Europea, que es la reducción del arancel de 176 €/Ton a 75€/Ton en el 2020. A más tardar dos años después de la entrada en vigor del acuerdo el Reino Unido y Colombia examinarán mejoras de las condiciones de acceso.

Asignación de cuotas vigentes con la Unión Europea

  • La discusión sobre la asignación de las cuotas tuvo como referencia la proporción del comercio del Reino Unido con función países distintos a la Unión Europea (13,62%). Después de revisar el comercio actual y las sensibilidades, se acordó:
  • Leche en polvo: Colombia otorgará el 2,7% de la cuota acordada en el Acuerdo Comercial con la Unión Europea, como compensación el Reino Unido otorgará igual porcentaje en leche condensada. Colombia no registra importaciones desde el Reino Unido en productos lácteos.
  • Demás productos sujetos a cuotas: Colombia otorgará el 8,01% en los demás productos sujetos a cuotas por nuestro país en el Acuerdo con la Unión Europea (yogurt, quesos, helados, azúcar, fórmulas lácteas, productos con azúcar, maíz dulce, champiñones, despojos de bovino). El Reino Unido otorgará la misma proporción en los demás productos sujetos por la Unión Europea (Yogurt, azúcar, productos con azúcar, maíz dulce, champiñones, despojos de bovino).
  • Salvaguardia Agrícola: Colombia mantendrá la aplicación de medidas de salvaguardia agrícola.

Procedimientos y Reglas de Origen

En las Reglas Específicas de Origen frente a las acordadas con la UE no se realizaron cambios.

Transporte Directo: (Artículo 13)

  • Transporte Directo entre el Reino Unido y los Países Andinos signatarios, o como parte de ese transporte a través del territorio de la UE en tránsito o transbordo con o sin almacenamiento temporal.
  • En la Unión Europea los envíos pueden someterse a operaciones que incluyen la descarga, recarga, división, almacenamiento, etiquetado, marcado o cualquier otra operación destinada a conservarlos en buen estado y deben estar bajo la vigilancia de las autoridades aduaneras de la Unión Europea.

Acumulación Extendida (Artículo 34)

  • Acumulación de materiales originarios de la Unión Europea cuando son utilizados en la producción de una mercancía en el Reino Unido o en un País Andino Signatario.
  • Acumulación de procesos del Reino Unido con la Unión Europea. La última transformación debe realizarse en el Reino Unido.

Contingentes (Apéndice 2ª)

  • Se definieron los contingentes anuales a los cuales se puede acceder cumpliendo Reglas de Origen más flexibles.
  • Porcentaje de distribución 13.62% de la cantidad acordada con la UE.

Propiedad Intelectual

Se mantiene el nivel de protección del Acuerdo con la Unión Europea, simplemente se aclararon algunos aspectos relacionados con la protección de las Indicaciones Geográficas (IG).

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