Resolución número 026 de 2019: MinCIT adopta la determinación final en la investigación administrativa iniciada mediante la Resolución 045 del 8 de marzo de 2018 sobre supuesto Dumping en importaciones de Ácido Cítrico proveniente de la República Popular de China.

Fuente: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT)

Mediante la resolución 045 de 2018, la Dirección de Comercio Exterior abrió una investigación con el objetivo de determinar la existencia, grado y efectos de la rama de la producción nacional, sobre un posible Dumping en las  importaciones de Ácido Cítrico clasificado dentro de la subpartida arancelaria 2918.14.00.00 provenientes de China.

La empresa colombiana Sucroal S.A. manifestó manejar el 100% de la producción nacional y tener la capacidad de abastecer la demanda en su totalidad.

La Dirección de Comercio Exterior, convocó a las partes interesadas en el caso con el fin de       que estas expresaran sus opiniones sustentadas y aportaran los documentos y pruebas que consideraran pertinentes para los fines de la misma.

Luego de prorrogar el plazo para la determinación preliminar de la investigación, se resolvió:

  • Disponer la terminación de la investigación a las importaciones de ácido cítrico provenientes de china
  • No imponer derechos antidumping definitivos a las importaciones de este  producto.

Es necesario resaltar que la presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial

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