Resolución 260 de 2018 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Se modifica la determinación preliminar a la investigación sobre el supuesto dumping de tubos de acero soldados al carbono originarios de China.
Fuente: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
La Dirección de Comercio Exterior, en la resolución 188 de 2018 resuelve la determinación preliminar en la investigación administrativa sobre un supuesto dumping de las importaciones de tubos de acero soldados al carbono con un diámetro exterior menor o igual a 16 pulgadas.
Considerando las solicitudes de exclusiones de algunas referencias, la presente resolución adiciona el parágrafo 1 al artículo 2° quedando:
“ARTÍCULO 2°. Imponer derechos antidumping provisionales a las importaciones tubos de acero soldados al carbono con un diámetro exterior menor o igual a 16 pulgadas, clasificadas por las subpartidas arancelarias 7306.30.10.00, 7306.30.92.00, 7306.30.99.00, 7306.50.00.00, 7306.61.00.00, 7306.69.00.00 y 7306.90.00.00, originarias de la República Popular China, consistentes en un gravamen ad-valorem equivalente al 20%, el cual se liquidará sobre el valor FOB declarado por el importador, adicional al gravamen arancelario vigente en el Arancel de Aduanas Nacional para las mencionadas subpartidas arancelarias.
PARÁGRAFO 1: Excluir de los derechos antidumping provisionales impuestos en el presente artículo, las importaciones de los productos que se relacionan a continuación:
- Tubería de acero PEW 3/16, PEW 1/4, PEW 5/16, clasificada por la subpartida arancelaria 7306.30.92.00.
- Tubería de acero zincada PEW ZQ 3/16, clasificada por la subpartida arancelaria 7306.30.92.00.
- Tubería de acero inoxidable, clasificada por las subpartidas arancelarias 7306.30.10.00, 7306.30.92.00, 7306.30.99.00, 7306.50.00.00, 7306.61.00.00, 7306.69.00.00 y 7306.90.00.00.”
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