Decreto 593 de 2018 de la Alcaldía Mayor de Bogotá – Restricciones y condiciones para el tránsito de vehículos de transporte de carga en el área urbana, corredor Calle 13.
Fuente: Alcaldía Mayor de Bogotá.
Por medio del decreto 520 de 2013 se establecieron los lineamientos para los vehículos de transporte de carga en las diferentes zonas de Bogotá, los cuales se verán modificados de forma específica en cada zona, por lo tanto la Secretaría Distrital de Movilidad, informa:
«Que conforme al análisis de los registros de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire de Bogotá (RMCAB), operada por la Secretaría Distrital de Ambiente, se encuentra que para los días hábiles se presenta en Bogotá un perfil de concentraciones de material particulado PM10 y PM2.5…, siendo más notoria tal situación entre las 6:00 am y 8:00 am».
De esta forma la restricción de circulación de vehículos de carga será en los dos sentidos de la Avenida Calle 13 desde el rió Bogotá hasta la Avenida Boyacá en el horario de lunes a viernes entre 6.00 am. – 8:00 am., para los vehículos con capacidad de carga mayor a 7 toneladas de 2 o más ejes, no obstante, se establecieron los vehículos exceptuados de esta medida los cuales deberán portar los distintivos o documentos correspondiente que acrediten la condición de la excepción.
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