El comercio electrónico en las Zonas Francas

El Observatorio de e-commerce en Colombia, integrado por la alianza público-privada entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, presentó recientemente un estudio de las transacciones digitales realizadas en Colombia durante el año 2017, donde evidenció la gestión de más de 87 millones de operaciones que significó un incremento del 36%, en comparación al año 2016. Adicionalmente, estas transacciones representaron un total de $51.2 billones de pesos, equivalente a un 24% de incremento frente el año anterior.

En tal sentido, las estadísticas confirman el crecimiento exponencial y sostenido del comercio electrónico. En la medida que el consumidor disminuye las brechas digitales de accesibilidad y de uso de las nuevas tecnologías, adquiere una mayor confianza en la utilización de los canales virtuales. Estas transacciones resultan ser menos costosas para los compradores y más eficientes en términos logísticos. En este último aspecto, las empresas de logística y de transporte local y transnacional, se encuentran cada vez más especializadas con la integración de nuevas tecnologías que facilitan la distribución de mercancías y la mejoran de los índices de satisfacción de
los consumidores.

Con relación a los aspectos normativos encontramos regulaciones específicas para el comercio interno tan importantes como la ley 527 de 1999, la cual estableció el comercio electrónico en materia de transporte de mercancías, o la ley 1480 de 2011, donde por primera vez el Estado Colombiano se ocupó integralmente de la protección de los usuarios de los canales digitales. Por otro lado, es importante resaltar que Colombia ha adquirido obligaciones internacionales para fomentar esta herramienta, aplicando estándares internacionales como los previstos por la OMC donde, por ejemplo, se prevé reglas relativas al libre acceso a los datos, los tratamientos no discriminatorios para transacciones digitales y la no aplicación de derechos de aduana a ciertas transmisiones electrónicas, reglas estas que en alguna medida se han incorporado en los tratados de libre comercio suscritos con nuestros principales socios comerciales, como son los Estados
Unidos y los países de la Alianza del Pacífico (Chile, México, Perú, Colombia), cuyas economías sumadas representan el 37% del PIB en LATAM y el 53% de las exportaciones regionales.

En el contexto internacional, Colombia debido a su posición geográfica y estabilidad macroeconómica, ha servido de plataforma de comercio exterior para la distribución física de mercancías, siendo el Aeropuerto El Dorado catalogado en varias ocasiones como el primer
terminal en volumen de carga de América Latina y el cuarto en volumen de pasajeros.

Ante este panorama es importante resaltar el rol que tienen las Zonas Francas Colombianas
dentro del comercio electrónico: las Zonas Francas están llamadas a ser un eslabón esencial de la cadena de las transacciones en línea por su posibilidad de optimizar los costos de almacenamiento de mercancías, la simplicidad de sus procedimientos aduaneros y la integridad de su infraestructura física y tecnológica de punta.

En virtud del principio de extraterritorialidad que las rige, estas áreas se convierten en el mejor instrumento de comercio exterior para acoger los Centros de Distribución de Mercancías de las principales plataformas de comercio electrónico, tales como ‘Alibaba, Amazon, eBay’, con neutralidad del pago de los tributos asociados a las importaciones. Por otro lado, en ellas se concentran, en un mismo punto, autoridades de control, intermediarios aduaneros, productores y comercializadores; permitiendo generar las eficiencias y economías de escala que demandan los
nuevos hábitos de consumo online.

Por supuesto que aún existen varios retos que le corresponderá gestionar al nuevo gobierno. En materia aduanera, así como está autorizado el sistema de courrier para las exportaciones, es necesario expedir una regulación para autorizar la importación de mercancías desde las Zonas
Francas a través de los regímenes de importación de tráfico postal o de envíos de entrega rápida o
mensajería expresa. Esta autorización implicaría simplificar la declaración aduanera y el procedimiento para la consolidación del pago de tributos asociados a la importación, racionalizando el coste de la gestión aduanera de estas transacciones bajo el modelo de Zonas Francas.

En materia tributaria, la propuesta radica en extender a las Zonas Francas el incentivo que hoy en día se encuentra exclusivamente otorgado a los Centros de Distribución Logística Internacional ubicados en los puertos marítimos y los fluviales, donde los ingresos obtenidos por la enajenación de mercancías extranjeras de propiedad de sociedades extranjeras o personas sin residencia en el país, no están sujetos a retención en la fuente por no considerarse ingresos de fuente nacional.

Estos cambios normativos, sumados a la transformación digital que experimentan algunos proyectos
como el de la Zona Franca de Bogotá, generarían las condiciones óptimas de competitividad para el
desarrollo del clúster de comercio electrónico dentro de los recintos francos.

Por: Diego Vargas, Gerente general Zona Franca de Bogotá

Fuentes datos estadísticos citados: Página web de: Alianza Pacífico, Observatorio e-commerce, Grupo ZFB y Cámara de Comercio Electrónic