Concepto 22872 del 24 de Agosto de 2016
El importador en condición de declarante, cuando actué de forma directa podrá realizar la inspección previa de la mercancía a través de sus representantes legales y aduaneros, con la obligación de adjuntar como documento soporte la acreditación del cargo de las personas que intervengan en la diligencia, cabe resaltar que este procedimiento esta supeditado a la reglamentación e implementeación de los sistemas informáticos electrónicos como lo establece la circular 3