Decreto 1689 del 24 de Octubre de 2016

Dentro de las modificaciones el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Mincit podrá declarar de manera temporal Zonas Francas Transitorias lugares donde se celebren ferias, exposiciones, congresos y seminarios de carácter nacional o internacional, la solicitud debe ser presentada con tres meses de antelación a  la fecha de  iniciación del evento, el Mincit realizará la revisión de los documentos de la declaratoria de existencia dentro de los 15 dias siguientes al recibo de la misma.

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