Concepto 954 del 7 de Octubre de 2016
La homologación de los nuevos requisitos para los operadores de comercio exterior aun no entraran en vigencia hasta tanto no se reglamente lo concerniente a cada uno de sus obligaciones, por lo tanto no podrá hacerse exigible el cumplimiento de lo exigido en el numeral 2° del artículo 672 del decreto 390.